Es precisamente por el hecho de que en nuestra época la humanidad no está hermanada por la asunción de los mismos valores y principios morales indispensables de carácter universal, sino que más bien, se encuentra, por el contrario, dividida por el pluralismo de los valores y de las respectivas culturas, que se requiere la convención jurídica sobre lo que no es lícito y sobre lo que es debido hacer, en tutela de los derechos de libertad y de los derechos sociales de todos. Y es precisamente la total heterogeneidad y la natural conflictividad entre culturas y valores distintos, lo que conforma el fundamento racional, hobbesiano del constitucionalismo de los derechos, así como la recíproca garantía de las diferencias como condiciones para la convivencia pacífica y como alternativas a la guerra |