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La justicia se basa en la imparcialidad de las personas que intervienen legalmente en la resolución de la causa», decÃa Goldschmidt Lange. Para que el proceso judicial no sea una pantomima, la primera exigencia consiste en erradicar la figura del iudex suspectus. El juez no solo ha de ser completamente ajeno al litigio sino, además, parecerlo: Justice must not only be done; it must also be seen to be done, según un adagio inglés. Es una cuestión de confianza de los ciudadanos en sus tribunales de justicia.
A tal fin, el ordenamiento nos ha dotado de dos instrumentos procesales: la abstención (a iniciativa del juez) y la recusación (a instancia de las partes). Al tiempo, ha recogido una serie de causas, taxativamente enumeradas en el artÃculo 219 de la LOPJ, que pueden poner en entredicho la imparcialidad de los jueces. La concurrencia de cualquiera de ellas es razón suficiente para generar razonables dudas objetivas sobre la existencia de prejuicios, que podrÃan influir en el ánimo judicial torciendo la rectitud de su decisión.