Interpretación literal y significado convencional
una reflexión sobre los lÃmites de la interpretación jurÃdica
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Las teorÃas de la argumentación jurÃdica ponen el centro de atención en las razones que se deben dar para que la discrecionalidad, inherente en muchos casos a la aplicación del derecho, no devenga en arbitrariedad. Por ello, una de las tareas de dichas teorÃas reside en el análisis de los diferentes argumentos interpretativos. En este trabajo, se analiza la interpretación literal (o argumento lingüÃstico) a fin de señalar que una de las exigencias básicas de la aplicación judicial (y administrativa) en un Estado democrático de Derecho es el respeto del principio de legalidad y la limitación de la actividad interpretativa por los márgenes dados por el significado de los enunciados jurÃdicos. Esto, que parece obvio, es frecuentemente ignorado por los aplicadores del derecho, descalificando la interpretación literal con el adjetivo de formalista.
La autora analiza este criterio interpretativo, para lo cual examina dicha noción en los ámbitos filosófico-lingüÃstico y jurÃdico y propone sustituir la expresión «interpretación literal» por la de «interpretación o significado convencional». Se trata, con ello, de poner de relieve que los términos jurÃdicos, no obstante su indeterminación, tienen un significado convencional. Frente a la idea escéptica de que el intérprete no tiene un punto de partida lingu¨Ãstico y que los significados varÃan en relación con los elementos pragmáticos que se manifiestan en cada caso particular, no puede prescindirse de las reglas o convenciones que regulan el empleo de los términos. En otras palabras, el significado convencional establece cuáles son los lÃmites de la interpretación y dónde empieza la invención.