Alienación parental y custodia compartida

Alienación parental y custodia compartida

un desafío al Trabajo Social en la protección de los más indefensos : los niños y niñas alienados


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La práctica de Alienación Parental (que no debe ser confundida con la llamada Síndrome de Alienación Parental) consiste en el conjunto de acciones que viola el derecho fundamental de los niños/as a la convivencia familiar con ambas referencias parentales. Tal práctica, en una sociedad en transición – a partir del crecimiento de los divorcios, de las nuevas configuraciones familiares, de las conquistas feministas en el mercado de trabajo y en la vida pública, y de la concomitante mayor presencia masculina en el cuidado de los niños –, la cual aún no ha procesado consensos sobre la situación de los hijos a partir de la separación conyugal, se convierte en un fenómeno social, en una manifestación de la “cuestión socialâ€, que expresa uno de los principales dramas de la familia contemporánea.
En tal contexto social, las familias recurren al ámbito judicial para dirimir sobre la custodia de los hijos. Las leyes procuran orientar este proceso. Así, la doctrina del superior interés de los niños expresa la necesidad del doble referencial parental, siendo la Custodia Compartida en general el mejor camino para garantizar los derechos de los niños. Aún más, tal modalidad de custodia funciona también como un antídoto contra la Alienación Parental.
El Trabajo Social, como uno de los principales peritos judiciales, amparados en sus códigos de ética, en el principio de igualdad de género y parental, y en los superiores derechos del niño/a (a la formación de su identidad, a la integridad física y psicológica, a la convivencia familiar), debe orientar su acción al combate de la Alienación Parental y a la garantía de los derechos del niño/a, particularmente a la convivencia con ambos genitores