La asistencia letrada al detenido en comisarÃa y juzgados
visión práctica
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La Exposición de Motivos de la Ley de Enjuiciamiento Criminal de 1.882 promulgada siendo Ministro de Gracia y Justicia, DON MANUEL ALONSO MARTÃNEZ, hacia referencia al inculpado como aquella persona “que tenga la inmensa desgracia de verse sometido a un procedimiento criminalâ€, y a continuación decÃa que aquel “gozará en absoluto de dos derechos preciosos/…/ uno, el de nombrar defensor que le asista con sus consejos y su inteligente dirección desde el instante que se dicte el auto de procesamiento, y otro, el de concurrir, por sà o debidamente representado, a todo reconocimiento judicial, a toda inspección ocular a las autopsias, a los análisis quÃmicos, y en suma, a la practica de todas las diligencias periciales que se decreten y puedan influir asà sobre la determinación de la Ãndole y gravedad del delito como sobre los indicios de su presunta culpabilidad.â€
Una obra que recoge 25 años de experiencia del Autor y que despejará las dudas de quien deba asistir al detenido.
