La pena y su renuncia en la justicia transicional
¿Puede trasladarse el fundamento premial a la violencia terrorista?
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El conflicto entre la necesidad de pacificación de la sociedad y las exigencias de castigo y de satisfacción de los derechos de las vÃctimas de un pasado de graves violaciones de derechos humanos ha sido, es y será una constante en la historia de la humanidad. Esta tensión entre lo pretérito y lo venidero en el marco de la denominada justicia transicional provoca que, en ocasiones, los Estados renuncien o flexibilicen la principal consecuencia jurÃdica del delito —esto es, la pena— respecto de los distintos perpetradores.
Desde el derecho internacional, se mantiene la existencia de un deber estatal de castigo que vendrÃa a limitar sensiblemente la discrecionalidad punitiva estatal y, más concretamente, la posibilidad de emplear medidas premiales —amnistÃas, indultos u otras similares—. No obstante, no queda claro cuál es el fundamento de dicho deber, ni en qué medida puede flexibilizarse en supuestos de colisión de intereses. Esta obra aborda el estudio de dicho deber no solo desde el derecho positivo, sino también desde la óptica de la teorÃa de la pena, algo tradicionalmente olvidado. Si de lo que se trata es de saber si o cuánto es posible renunciar a la pena, necesariamente habrán de examinarse sus fines.