La reforma del Código Penal de 2015

La reforma del Código Penal de 2015

Conforme a las Leyes Orgánicas 1 y 2/2015, de 30 de marzo


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Ante una modificación legislativa tan profunda, y de un texto tan esencial como el Código Penal, el profesional jurídico necesita elementos que le ayuden en el análisis de un cambio tan amplio en la regulación del Derecho Penal.
La reforma del Código Penal, en virtud de la Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, supone un terremoto para jueces, fiscales, abogados y profesores universitarios en la medida en la que, a la vista de su extensión, obliga al jurista a adentrarse por una jungla de preceptos nuevos de los que no es posible apreciar, en una primera aproximación, cuál es el alcance de la reforma y cuáles son sus novedades frente a la legislación penal que se deroga. Y es que, en efecto, junto a artículos nuevos en los que la única variación es que se elimina la palabra «falta» —ya que, a partir de ahora, queda suprimido el Libro III—, entre los restantes objeto de nueva redacción el arco se extiende, desde aquellos que apenas añaden novedad alguna, al lado de otros que suponen una modificación importante o, en muchas ocasiones, una radical frente a la legislación hasta ahora vigente.
Pero sea la que sea la opinión que nos merezcan estos caprichos reformadores, nuestra obligación es respetarlos y acatarlos, porque han emanado de un legislador democrático y la tarea urgente reside ahora en desentrañar cuál va a ser el contenido, a partir de la entrada en vigor, el 1 de julio de 2015, del nuevo Derecho Penal.
Para emprender esta tarea pocas personas tan cualificadas como el autor de este libro, José Luis Manzanares, ya que en él concurren toda una serie de virtudes que le hacen especialmente idóneo para que el especialista pueda tener una primera visión del alcance y de las novedades de la reforma.